¿Cuándo se debe mostrar el certificado energético?
Según el Real Decreto 235/2013 la calificación energética de una vivienda debe ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de un inmueble. En caso de venta, el vendedor deberá entregar al comprador un original del certificado energético. En caso de alquiler, deberá adjuntar una fotocopia al contrato de arrendamiento.
¿Quién puede realizar el certificado de eficiencia energética?
El certificado energético lo realiza un técnico certificador competente. Según establece el Real Decreto 235/2013, los técnicos competentes son aquellos en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos, dirección de obras o dirección de ejecución de obras, según estable la Ley 38/99, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la edificación.
Estas titulaciones son: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.